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Seguridad y Salud en el Trabajo

10 de Marzo de 2021
RD_000455_COMITE DE SEGURIDAD0001

SE RESUELVE:

ART. 1° RECONOCER, el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Unidad de Gestión Educativa Local San Pablo, que tendra el mandato por el plazo de dos (2) años a partir de la emisión del presente Acto Administrativo. 

10 de Marzo de 2021
REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Artículo 1º: Resumen ejecutivo
La Unidad de Gestión Educativa San Pablo, está regulada por la Dirección Regional de Educación, cuenta con Instituciones Educativas en sus diferentes niveles, nuestra sede está ubicada en el Jr. Miguel Iglesias S/N - San Pablo - Cajamarca, y está comprendida por personal docente y personal administrativo, a los cuales en adelante se les denominará “Trabajadores”.

10 de Marzo de 2021
LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

PRINCIPIO DE PREVENCIÓN

El empleador garantiza, en el centro de trabajo, el establecimiento de los medios y condiciones que protejan la vida, la salud y el bienestar de los trabajadores, y de aquellos que, no teniendo vínculo laboral, prestan servicios o se encuentran dentro del ámbito del centro de labores. Debe considerar factores sociales, laborales y biológicos, diferenciados en función del sexo, incorporando la dimensión de género en la evaluación y prevención de los riesgos en la salud laboral.

CONCORDANCIAS: D.S. Nº 005-2012-TR, Art. 2 (Reglamento).